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Artículo 12° de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116183 / 9913213.

Texto oficial

Art. 12. El consejo directivo se compone: 1.° Del director jeneral, que lo presidirá; 2.° De los directores de departamentos; 3.° De tres consejeros nombrados cada dos años por el Presidente de la República.