Saltar al contenido

Artículo 26 de Auto Acordado S/N

Acta n° 33-2018

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116226 / 9894767.

Texto oficial

Artículo 26°: Oportunidad de pago del beneficio: El pago de la bonificación por retiro voluntario y de la Bonificación Adicional, en caso que corresponda, se efectuará por la Corporación Administrativa a contar del mes subsiguiente de la fecha del cese de funciones, en caso de tratarse de funcionarios y funcionarias que hayan sido beneficiarios de cupos para el año respectivo. Dicho pago se efectuará al año siguiente en el caso de quienes habiendo obtenido un cupo preferente, opten por hacer efectiva la renuncia en el año en que postularon.