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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 245

Decreto con fuerza de ley número 245

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1121963 / 9966920.

Texto oficial

Art. 5.o Son rentas de los bienes municipales: 1.o Las rentas de arrendamiento de los bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal; y 2.o Los productos de venta o remate de los bienes muebles de propiedad municipal, siempre que las enajenaciones respectivas sean de las que ordinariamente proceden, para excluir del servicio de muebles o útiles de la Municipalidad.