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Artículo 62 del Decreto Con Fuerza de Ley 245

Decreto con fuerza de ley número 245

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1121963 / 9966988.

Texto oficial

Art. 62. En los meses de Marzo y Abril del último año de cada quinquenio, todo contribuyente deberá entregar a la Municipalidad una declaración escrita, sobre el giro principal y los giros anexos de su industria, comercio o profesión, en conformidad i la nomenclatura del cuadro anexo N.o 2 y con expresión de la clase y monto de la patente que a su juicio, le correspondiere pagar.