Texto oficial
Art. 69. Los roles y las resoluciones de las Juntas Clasificadoras de Patentes, deberán ser publicados por carteles, que se fijarán, durante 15 días, en lugares visibles del edificio municipal.
En las comunas de primera y segunda categoría, a que se refiere el artículo 43, la publicación se hará, además, por una vez, en un periódico que tenga suficiente circulación en la comuna, o en el Boletín Municipal, si no hubiere en la misma.