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Artículo del Decreto Ley 29

Decreto Ley 29

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1122220 / 9950514.

Texto oficial

Agrégase el siguiente número al artículo 25 (24) de la Lei Orgánica de Municipalidades, número 2,160, de 18 de diciembre de 1914: "N.o 13.- Adoptar medidas de profiláxis y curacion de las enfermedades venéreas; reglamentar la prostitucion y casas donde se ejerza, establecer dispensarios para la curacion de aquellas enfermedades y dictar medidas para hacer obligatorio su tratamiento, debiendo ser pagado a la Municipalidad el servicio médico, que ésta mantendrá a cargo de funcionarios con sueldo fijo."