Texto oficial
Art. 21. Los tesoreros municipales, los directores de la Caja de Crédito Hipotecario i demas instituciones análogas, del Porvenir de las Familias i demas casas de seguros sobre la vida, de los bancos de emision i de las sociedades anónimas i los jefes de los empleados particulares, que no paguen la contribucion que esta lei les encarga recaudar, serán personal i solidariamente responsables por la contribucion, recargada con el interes del dos por ciento mensual.