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Artículo 8 de la Ley 21.112

Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1123300 / 9950661.

Texto oficial

Artículo 8.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley en el año 2018 se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años 2019 y 2020, los recursos serán provistos en las respectivas leyes de presupuestos del Sector Público.".