Texto oficial
Artículo 1º .- Fíjanse las siguientes plantas de personal del Servicio Local de Educación Pública de Gabriela Mistral que comprende las comunas de Macul, San Joaquín y La Granja:
A) PLANTA DE DIRECTIVOS
1. Primer Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882.
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2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882.
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3. Directivos afectos al artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo..
B) PLANTA DE PROFESIONALES.
C) PLANTA DE TÉCNICOS.
D) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS.
E) PLANTA DE AUXILIARES.