Texto oficial
Artículo 31.- El Ministerio de Hacienda informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos acerca de la ejecución del Plan Impulso Araucanía, considerando de manera consolidada el total gastado por ministerio y comunas.
Además, con la misma periodicidad se entregará información relativa a los proyectos y programas desarrollados, sus objetivos y metas, sus beneficiarios, los criterios de selección de beneficiarios, instituciones receptoras de fondos públicos y los mecanismos de evaluación de dicho plan; todo lo anterior desagregado por comuna y programa presupuestario.
Asimismo, deberá indicar cuántos de los beneficiarios corresponden a mapuche y comunidades indígenas, aclarando el porcentaje del total de beneficiarios.