Texto oficial
Art. 17. El quintal se dividirá en cuatro partes iguales con el nombre de arrobas, la arroba en veinticinco libras, la libra en dieciseis onzas la onza en dieciseis adarmes, el adarme en tres tomines, i el tomin en doce granos.
Pesos i medidas. lei sobre la materia
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