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Artículo 22 de la Ley S/N · Pesos i medidas. lei sobre la materia

Pesos i medidas. lei sobre la materia

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1128162 / 9992514.

Texto oficial

Art. 22. El que usare fraudulentamente de pesos o medidas falsos, sufrirá una pena que no baje de trescientos pesos, ni suba de tres mil; i que no baje de ocho meses de trabajos forzados, ni suba de cuatro años, segun la gravedad i circunstancias del delito, salvo siempre la accion de daños i perjuicios que corresponde al perjudicado.