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Artículo 2 de la Ley 21.132 · Moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del servicio nacional de pesca

Moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del servicio nacional de pesca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1128370 / 9995977.

Texto oficial

Artículo 2.- La asignación establecida en esta ley contendrá un componente fijo y otro proporcional. Esta asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable, y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración. El personal que preste servicios por un período inferior a un mes tendrá derecho a que se le pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.