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Artículo ÚNICO de la Ley 21.139

Renueva el mecanismo transitorio de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para empresas de transportes de carga

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1128419 / 9996566.

Texto oficial

"Artículo único.- Modifícase el artículo único de la ley N° 20.658, que modifica plazo para reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, y modifica otros aspectos de este mecanismo, en el siguiente sentido: 1. Sustitúyense en su inciso primero los guarismos "2015" y "2018" por "2019" y "2022", respectivamente. 2. Reemplázase su inciso cuarto por el siguiente: "Para determinar el monto de los ingresos y establecer el porcentaje de recuperación a que se tiene derecho, el contribuyente deberá sumar a sus ingresos los ingresos obtenidos por sus relacionados, sea que realicen o no la misma actividad. La determinación de los relacionados y de los ingresos que se sumarán se realizará conforme a lo establecido en los párrafos 3° al 6° del número 3 del artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.".