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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 63

Fija planta de personal del servicio local de educación pública de la región del libertador general bernardo o'higgins que comprende las comunas de pichilemu, la estrella, litueche, marchihue, navidad y paredones, y otras materias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1128675 / 9999057.

Texto oficial

Artículo 1º.- Fíjanse las siguientes plantas de personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins que comprende las comunas de Pichilemu, La Estrella, Litueche, Marchihue, Navidad y Paredones: A) PLANTA DE DIRECTIVOS 1. Primer Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882. 2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882. 3. Directivos afectos al artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. B) PLANTA DE PROFESIONALES C) PLANTA DE TÉCNICOS D) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS E) PLANTA DE AUXILIARES