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Artículo 6 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129132 / 10002477.

Texto oficial

6º Conocimiento de los asuntos. El Tribunal conocerá de los asuntos en cuenta, salvo que estimare conveniente oír los alegatos de los abogados o alguna de las partes lo solicitare, en cuyo caso ordenará traer los autos en relación.