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Artículo 9 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129132 / 10002480.

Texto oficial

9º Admisibilidad. El Tribunal declarará, sin más trámite, la inadmisibilidad de cualquier asunto sometido a su conocimiento si fuere interpuesto fuera de plazo, careciere de fundamentos, no contuviere peticiones concretas o no se acompañare la documentación exigida por la ley.