Texto oficial
24º Requisitos de interposición. El recurso deberá
indicar expresa y determinadamente las faltas o abusos que
se reclaman y señalar con precisión las peticiones
concretas sometidas a la resolución del Tribunal.
Asimismo, el recurrente deberá acompañar al recurso
un certificado expedido por el recurrido, en el cual se
indicará la fecha en que se notificó la resolución que
motiva el recurso. No obstante, si por causa justificada, no
se hubiere acompañado el certificado, el Tribunal dará un
plazo de cinco días hábiles para cumplir con esta
exigencia.