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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija planta de personal de la superintendencia de educación superior y regula otras materias a que se refiere el artículo décimo primero transitorio de la ley nº 21.091

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1131221 · idParte: 10020449

Texto oficial

Artículo 6°.- Determínase que la fecha de iniciación de funciones de la Superintendencia de Educación Superior será la de publicación del presente decreto con fuerza de ley.