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Artículo 4 de la Ley 5.699 · Crea una plaza de consul particular de profesion de segunda clase

Crea una plaza de consul particular de profesion de segunda clase

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1131806 / 10026389.

Texto oficial

Artículo 4.o El gasto que demande la presente ley se consultará anualmente en la Ley de Presupuestos, y el del presente año se imputará a la cuenta C-10 del Cálculo de Entradas.