Texto oficial
Artículo transitorio.- Para los hechos delictivos
cometidos con anterioridad a la publicación de esta ley,
continuará vigente el artículo 369 quáter del Código
Penal.".
Declara imprescriptibles los delitos sexuales cometidos contra menores de edad
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1134001 / 10039312.