Texto oficial
Art. 4-2 Sello Verde
La Entidad, en un proceso de certificación, sólo calificará con sello verde a aquella instalación interior de gas que no presente defectos, considerando para tal calificación el estado del sistema colectivo de evacuación de gases de la combustión al que dicha instalación interior se encuentre conectada, si es que corresponde.
La Entidad, en un proceso de inspección periódica, sólo calificará con sello verde a aquella instalación de gas, que no presente defectos, considerando para tal calificación el estado del sistema colectivo de evacuación de gases de la combustión, si es que corresponde.