Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Establece el estatuto general sobre organización, gobierno, funciones y atribuciones de las universidades del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1135828 / 10051466.

Texto oficial

Artículo 4.- Órganos superiores. El gobierno de la universidad del Estado será ejercido a través de los siguientes órganos superiores: a) Consejo Superior, b) Rector, c) Consejo Universitario. A su vez, la responsabilidad del control y de la fiscalización interna estará a cargo de la Contraloría Universitaria. Los órganos indicados en las letras a) y c) podrán recibir una denominación distinta en los estatutos de la universidad.