Saltar al contenido

Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Establece el estatuto general sobre organización, gobierno, funciones y atribuciones de las universidades del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1135828 / 10051492.

Texto oficial

Artículo 26.- Contralor universitario. La Contraloría Universitaria estará a cargo del Contralor Universitario, quien deberá tener el título de abogado y contar con una experiencia profesional de, a lo menos, ocho años. Será nombrado por el Consejo Superior por un período de seis años, pudiendo ser designado, por una sola vez, para el período siguiente.