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Artículo 40 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Establece el estatuto general sobre organización, gobierno, funciones y atribuciones de las universidades del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1135828 / 10051508.

Texto oficial

Artículo 40.- Exención de tributos. La universidad del Estado estará exenta de cualquier impuesto, contribución, tasa, tarifa, patente y otras cargas o tributos. Lo anterior, sin perjuicio de determinarse previamente las sumas afectas a impuestos que resulten exentas.