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Artículo ÚNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija planta de personal de la subsecretaría de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación y regula otras materias a las que se refiere el artículo noveno transitorio de la ley nº 21.105

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1135829 / 10051541.

Texto oficial

Artículo único.- Durante los años 2019 y 2020, el incremento por desempeño institucional se pagará en el porcentaje máximo que establece el artículo 6º de la ley Nº 19.553, a los funcionarios de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. A su vez, para efectos del pago del incremento por desempeño institucional durante el año 2021, las autoridades que correspondan deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º de la ley Nº 19.553, hasta el 31 de marzo de 2020. El incremento por desempeño colectivo que corresponda pagar durante el año 2020 al personal traspasado a la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación desde la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño y desde la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, se determinará en relación al grado de cumplimiento del convenio de desempeño colectivo suscrito con el respectivo Ministro para el año 2019, de acuerdo a lo establecido en la letra d) del artículo 7º de la ley Nº 19.553. Para tales efectos se deberá considerar el cumplimiento de las metas de equipo, unidad o área de trabajo al cual pertenecía el funcionario traspasado de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño o de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, según corresponda. Para el personal que se incorpore a la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, el incremento por desempeño colectivo comenzará a pagarse a partir del año 2021. Lo dispuesto en este inciso no será aplicable para los funcionarios señalados en el inciso anterior.