Saltar al contenido

Artículo primero de Resolución 1560 EXENTA

Fija límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios en alimentos destinados al consumo humano

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1135977 / 10052448.

Texto oficial

Primero: Establézcanse las siguientes definiciones para efectos de la presente resolución: Aves de corral: Cualquier ave domesticada, tales como: pollos, pavos, patos, gansos, gallinas de guinea o palomas, entre otras, criadas para la alimentación humana. Aves de postura: Cualquier ave de corral destinada a la producción de huevos para la alimentación humana. Límite máximo de residuos de medicamentos veterinarios (LMRMV): Concentración máxima de residuos resultante del uso de un medicamento veterinario, expresada en mg/kg o μg/kg, o en μg/l para el caso de la leche, sobre la base del peso fresco, que se permite legalmente o se reconoce como admisible dentro de un alimento o en la superficie del mismo. Medicamento veterinario: Sustancia que se aplica o administra a cualquier animal destinado a la producción de alimentos, como los que producen carne o leche, las aves de corral, peces o abejas, tanto con fines terapéuticos como profilácticos o de diagnóstico, o para modificar las funciones fisiológicas o el comportamiento. Peces cultivados: Peces producidos en centros de piscicultura a los cuales se les administran medicamentos veterinarios. Toda especie animal: Se refiere a cualquier especie animal destinada a la producción de alimentos para el ser humano. Buenas Prácticas en el Uso de Medicamentos Veterinarios (BPMV): Modos de empleo oficialmente recomendados o autorizados, incluidos los períodos de suspensión, aprobados por la autoridad competente, de medicamentos veterinarios administrados en condiciones prácticas y que deben ser aplicadas en la producción animal para cumplir con lo resuelto en la presente resolución. Tejido: Todo tejido animal comestible, inclusive los músculos y subproductos, comprendiendo dentro de estos últimos a la leche y los huevos.