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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Fija planta de personal de la agencia nacional de investigación y desarrollo y regula otras materias a que se refieren los artículos noveno, décimo y undécimo transitorios de la ley n° 21.105

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1136682 / 10056045.

Texto oficial

Artículo 1.- Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, que se indican a continuación: I.- PLANTA DE DIRECTIVOS 1.1.- Primer Nivel Jerárquico, Título VI de la ley N° 19.882. . 1.2.- Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley N° 19.882. . Tres cargos de Subdirectores grado 4° cuando queden vacantes, por cualquier causa, se transformarán, por el solo ministerio de la ley, en Subdirectores grado 3° afectos al segundo nivel jerárquico, del Título VI de la ley N° 19.882. 1.3.- Directivos afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. . II.- PLANTA DE PROFESIONALES . III.- PLANTA DE TÉCNICOS . IV.- PLANTA DE ADMINISTRATIVOS . El cargo de administrativo grado 15° cuando quede vacante, por cualquier causa, se transformará, por el solo ministerio de la ley, en un cargo de administrativo grado 13°. V.- PLANTA AUXILIARES ..