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Artículo ÚNICO de la Ley 21.181 · Establece el día del artista local

Establece el día del artista local

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1137905 / 10064177.

Texto oficial

"Artículo único.- Declárase el segundo sábado de octubre de cada año como el Día del Artista Local.".