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Artículo 2 de la Ley 21.186

Modifica normas del sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior contenidas en la ley nº 21.091 y en la ley nº 20.129

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1138961 / 10069549.

Texto oficial

Artículo 2.- Introdúcense en la ley Nº 20.129, que Establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior, las siguientes enmiendas: 1. Reemplázase en el inciso primero del artículo 23 la expresión "quince días hábiles" por "treinta días hábiles a contar de la notificación de la resolución recurrida". 2. Sustitúyese en el inciso tercero del artículo 46 el vocablo "quince" por "treinta".".