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Artículo vigésimo de Auto Acordado 19

Auto acordado n° 19/2019 sobre tramitación electrónica de los procesos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1139630 / 10076754.

Texto oficial

Vigésimo: Procedimiento regulado en el artículo 39 ter del DL Nº 211. No será tramitado de forma electrónica el procedimiento regulado en el artículo 39 ter del DL Nº 211, en aquellos casos en que la Fiscalía Nacional Económica solicite la reserva o confidencialidad de la primera presentación, los antecedentes que ofrece y la resolución que sobre ella recae.