Texto oficial
Vigésimo: Procedimiento regulado en el artículo 39 ter del DL Nº 211. No será tramitado de forma electrónica el procedimiento regulado en el artículo 39 ter del DL Nº 211, en aquellos casos en que la Fiscalía Nacional Económica solicite la reserva o confidencialidad de la primera presentación, los antecedentes que ofrece y la resolución que sobre ella recae.