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Artículo 1 de la Ley 21.193 · Modifica la ley nº 21.131, que establece pago a treinta días

Modifica la ley nº 21.131, que establece pago a treinta días

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1139720 / 10077933.

Texto oficial

"Artículo 1.- Derógase el inciso segundo del artículo primero transitorio de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días.