Texto oficial
Artículo 32.- Modifícase, a contar del 1 de enero de
2020, el artículo 45 de la ley Nº 20.883 del siguiente
modo:
1. Reemplázase en el inciso primero la frase "el año
2019", por la siguiente: "el año 2020".
2. En el inciso segundo:
a) Reemplázase la frase "el año 2019", por la
siguiente: "el año 2020".
b) Reemplázase la tabla por la siguiente:
3. Sustitúyese el inciso tercero por el siguiente:
"El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de
este artículo se financiará con cargo a la Partida del
Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector
Público del año respectivo.".