Texto oficial
Artículo undécimo.- Introdúcense las siguientes
modificaciones en el inciso tercero del artículo 2 de la
ley N° 19.149, que establece el régimen preferencial
aduanero y tributario para las comunas de Porvenir y
Primavera de la provincia de Tierra del Fuego, de la XII
región de Magallanes y de la Antártica Chilena, modifica
el decreto supremo N° 341, de 1977, del Ministerio de
Hacienda, y otros cuerpos legales; modificado por el N° 4,
del artículo 17 de la ley N° 20.780 y por la letra c) del
número 4 del artículo 8° de la ley N° 20.899:
a) Sustitúyase la frase ", distribuyan o se les
atribuyan" por "o distribuyan".
b) Elimínase la expresión "14 ter".