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Artículo 2 de la Ley 21.212

Modifica el código penal, el código procesal penal y la ley n° 18.216 en materia de tipificación del femicidio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1143040 / 10105188.

Texto oficial

Artículo 2.- Modifícase el Código Procesal Penal de la siguiente manera: 1. Intercálase en el artículo 132 bis, a continuación de la expresión "390,", la locución "390 bis, 390 ter,". 2. Intercálase en el inciso segundo del artículo 149, a continuación de la expresión "390,", la locución "390 bis, 390 ter,".