Saltar al contenido

Artículo segundo de Resolución 98 EXENTA

Dispone modalidad especial de entrega de los contratos a que se refiere la resolución cne n° 628 exenta de 2016, en consideración de las circunstancias extraordinarias que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1143975 / 10111574.

Texto oficial

Artículo segundo: Reemplázase el numeral 4 del artículo primero de la resolución exenta CNE N° 628, de 2016, por el siguiente: "4. Tratamiento de la información contenida en los contratos por parte de la Comisión. En atención al imperativo legal establecido en el inciso tercero del artículo 12° del DL N° 2.224, esta Comisión adoptará las medidas de resguardo para el tratamiento de la información contenida en los contratos a objeto de asegurar su confidencialidad. Para tales efectos, se dispondrán las medidas pertinentes con el objeto de regular los términos y condiciones en que se efectuará la recepción, revisión, análisis y supresión de los archivos que contengan los referidos contratos. No obstante lo anterior, el plazo para la supresión de los archivos enviados de conformidad a lo dispuesto en el numeral 3 precedente, no excederá el plazo de 40 días hábiles siguientes a su recepción tratándose de los contratos señalados en el numeral 1, y de 60 días hábiles tratándose de los contratos señalados en el numeral 2.".