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Artículo séptimo del Decreto 9

Establece coordinación por emergencia de salud pública de importancia internacional que indica y designa ministro coordinador

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144098 / 10113160.

Texto oficial

Artículo séptimo: Los órganos de la Administración del Estado y sus funcionarios deberán prestar, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, la colaboración que el Ministro Coordinador y/o el Comité Interministerial requieran para el cumplimiento de sus cometidos.