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Artículo de Resolución 241 EXENTA

Dispone medidas sanitarias que indica por brote de covid -19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144099 / 10113332.

Texto oficial

1. Dispóngase un cordón sanitario en torno a la Región Metropolitana. En consecuencia, prohíbase el ingreso y salida de dicha región. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 18:00 horas del día 9 de abril de 2020 y durará hasta las 22:00 horas del 12 de abril de 2020. 2. Dispóngase un cordón sanitario en torno a la zona urbana del gran Concepción, en la Región del Biobío. En consecuencia, prohíbase el ingreso y salida de dicha localidad. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 18:00 horas del día 9 de abril de 2020 y durará hasta las 22:00 horas del 12 de abril de 2020. 3. Solo podrán cruzar a través de los cordones sanitarios de los que tratan los numerales anteriores aquellas personas que estén en posesión de un salvoconducto. 4. Instrúyase a las autoridades sanitarias la difusión de las medidas sanitarias por los medios de comunicación masivos. 5. Déjese constancia que las medidas dispuestas en esta resolución podrán prorrogarse si las condiciones epidemiológicas así lo aconsejan. 6. Déjese constancia que las resoluciones que disponen las medidas sanitarias que indican por brote de Covid-19, todas de 2020, del Ministerio de Salud -en particular aquellas dispuestas en la resolución Nº 217- y en las modificaciones posteriores que se hagan a estas, seguirán vigentes en lo que no fueran contrarias a esta resolución. 7. Déjese constancia que el incumplimiento de las medidas impuestas por la autoridad en virtud de esta resolución y las resoluciones señaladas en el numeral anterior serán fiscalizadas y sancionadas según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, así como en lo dispuesto en el Código Penal, cuando corresponda.