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Artículo de Resolución 10 EXENTA

Crea suboficina de emergencia, de registro civil, que funcionará en la región de antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144227 / 10114195.

Texto oficial

1. Créase la Suboficina denominada Emergencia de Registro Civil, que funcionará en calle Washington Nº 2384 de la ciudad de Antofagasta o en el lugar que determine el/la Director/a Regional para atender a la población de las circunscripciones de Registro Civil correspondientes a la Región de Antofagasta. 2. Se considerará que esta Suboficina se encuentra formando parte del territorio jurisdiccional de la Región de Antofagasta, y que actuará como una Suboficina de ella que comprenda todo su territorio, de modo que los nacimientos y defunciones que se inscriban, dentro de la circunscripción a la que se encuentra adscrita. 3. El/La Director/a Regional designará uno o más Oficiales Civiles Adjuntos, que quedarán a cargo de ella, en su aspecto funcional, con competencia para actuar en todas las circunscripciones de la Región de Antofagasta. 4. Las inscripciones que se practiquen en esta Oficina, se llevarán en registros propios, en los que se dejará constancia de la circunscripción a la que corresponden. A estas inscripciones se dará numeración correlativa independiente, distinta para cada circunscripción, asignando el número uno a la primera inscripción del año de cada circunscripción. Al final de cada año se cerrarán los registros correspondientes y se entregarán a la Dirección Regional de Antofagasta para su custodia.