Texto oficial
Quinto: Notifíquese conforme lo dispuesto en el artículo 48 letras a) y b) de la ley N° 19.880, mediante la publicación de esta en el Diario Oficial, sin perjuicio que, excepcionalmente, la entrada en vigencia de este acto administrativo es el señalado en los puntos primero y segundo resolutivo para todos los efectos legales.