Texto oficial
1.- Modifíquese, el punto 11. de las Bases Administrativas y Técnicas del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público del año 2020, en lo relativo a Requisitos de admisibilidad de las postulaciones, y el punto 13. sobre los Antecedentes para la firma del Convenio.
2.- Establézcase, como nuevos requisitos y forma de postular lo siguiente:
REQUISITOS FORMA DE ACREDITAR
(documentos obligatorios)
1.Certificado de "vigencia de
Personalidad Jurídica" de la
Organización. Este documento no
debe tener una antigüedad superior
a tres meses desde su fecha de
emisión al momento de la
postulación. *
2. Certificado de "vigencia de
Directorio" de la Organización.
Este documento no debe tener una
antigüedad superior a tres meses
desde su fecha de emisión al
momento de la postulación. *
Ser una organización de
las descritas en los 3. Fotocopia del Rol Único Tributario
Organismos Postulantes (RUT) de la organización que
(Punto Nº 9.1), y contar postula / RUT Digital (E-RUT)
con personalidad emitido por el Servicio de
jurídica y directorio Impuestos Internos (SII).
vigente. Se acepta RUT provisorio.
* Para efectos de admisibilidad y
dada la contingencia por el COVID-19,
podrá presentar cualquier documento
en trámite o último documento que
cuenten de Vigencia tanto de la
Personalidad Jurídica como del
Directorio de la Organización. En
caso de ser adjudicado, deberá
presentar el documento actualizado
al momento de la firma de convenio.
4. Contar con Inscripción en el Registro
Central de Personas Jurídicas
Receptoras de Fondos Públicos,
verificable mediante el certificado
respectivo (portal registros19862.cl).
Dicho certificado debe contener
información actualizada y ser
concordante con el representante
legal actual.
Ser una organización
receptora de Fondos
Públicos
5. Copia simple de la libreta de ahorro,
cuenta corriente o cualquier otro
documento bancario que acredite el
número y titularidad de una cuenta.
El documento debe indicar clara e
inequívocamente el RUT o nombre de
la organización postulante; en caso
contrario, será rechazado. No se
admitirá el uso de cuentas corrientes
o de ahorro de representantes legales
u otras personas distintas de la
organización postulante, asimismo la
cuenta debe encontrarse activa y debe
haber respaldo de movimientos.*
* Para efectos de admisibilidad y dada
la contingencia por el COVID-19, podrá
presentar cualquier documento en trámite
para la apertura de la cuenta a nombre
de la organización. En caso de ser
adjudicado, deberá presentar el documento
actualizado y con la tramitación final en
donde se indique nombre de la organización,
número de cuenta y tipo de cuenta, al
momento de la firma de convenio.
6. Copia simple por ambos lados de la
Cédula de Identidad de la persona
que sea representante legal de la
organización, el cual debe estar
vigente al momento de la postulación.
Acreditación 7. Copia simple por ambos lados de la
Representante legal Cédula de Identidad de la persona que
y Coordinador sea coordinadora del proyecto, el cual
debe estar vigente al momento de la
postulación.
3.- Establézcase, como nueva frase dentro de los Antecedentes para la firma del convenio:
"Al momento de la firma del Convenio de Ejecución del proyecto, es requisito fundamental que las organizaciones adjudicatarias acompañen la documentación original y actualizada; en este sentido, no serán válidos los documentos no vigentes o en trámite que haya utilizado la organización al postular.".
4.- Publíquese, la presente resolución exenta en el Diario Oficial y en el sitio web institucional, sin desmedro de otras medidas de publicidad que se estimare procedentes.
5.- Las bases administrativas y anexos que se aprueban por este acto estarán disponibles íntegramente en el sitio web www.fondodefortalecimiento.gob.cl.