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Artículo 12 de la Ley 21.228 · Concede indulto general conmutativo a causa de la enfermedad covid-19 en chile

Concede indulto general conmutativo a causa de la enfermedad covid-19 en chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144400 / 10115220.

Texto oficial

Artículo 12.- Se entenderá por modalidad alternativa de cumplimiento de pena mediante reclusión domiciliaria total, el encierro durante las veinticuatro horas del día en el domicilio de la persona condenada. Para los efectos de esta ley, se entenderá por domicilio, aquel que la persona condenada fije en la oportunidad prevista en el artículo siguiente. Las personas que estuvieren condenadas a la sanción accesoria de prohibición de acercamiento, o a la sanción accesoria de obligación de abandono del hogar común, en ningún caso podrán fijar el domicilio de la víctima.