Texto oficial
Artículo 6°. Para el cumplimiento de sus funciones, el Consejo podrá invitar a sus sesiones a cualquier persona del sector público o privado que, atendida su experiencia o conocimientos, estime pertinente.
Crea consejo consultivo público-privado de la subsecretaría de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación, denominado "consejo asesor de la red diagnóstica de laboratorios universitarios para el diagnóstico de covid-19"
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144574 / 10116297.