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Artículo tercero de Auto Acordado S/N

Regula funcionamiento frente al estado de excepción constitucional de catástrofe; auto acordado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144608 / 10116464.

Texto oficial

Artículo tercero. La adopción de la modalidad de teletrabajo no excluye que los funcionarios deban cumplir con la jornada laboral, con los límites de la situación de excepción que se vive en el país, sin perjuicio de mantener comunicación por correo electrónico si los requerimientos del servicio lo hicieren necesario, dentro del margen de la jornada ordinaria. Para tal efecto los funcionarios deberán dar a conocer los requerimientos técnicos para ejecutar la modalidad de teletrabajo y proporcionar sus correos electrónicos a fin de mantener una comunicación fluida.