Saltar al contenido

Artículo 22 del Decreto 507

Modifica decreto supremo nº 103, de 7 de febrero de 2020, del ministerio de hacienda, en el sentido que indica y autoriza emisión de valores representativos de deuda pública directa, para su colocación en el mercado de capitales que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144623 / 10170107.

Texto oficial

Artículo 22º.- Autorízase al Ministro de Hacienda y al Tesorero General de la República para que, previo decreto supremo, procedan a una o varias reaperturas de la serie de los Bonos DS 507, con el objeto de incrementar el monto que se indica en las letras c) y d) del artículo 4º de este decreto, aumentando de esta manera la cantidad de títulos pertenecientes a la misma serie.