Texto oficial
1. Modifícase la resolución exenta Nº 330 (V. y U.), de 2020, citada en el Visto Nº 4, en el siguiente sentido:
1.1 Reemplázase en el Resuelvo 6, el cuadro correspondiente a la 1ª selección por el siguiente:
1.2 Reemplázase en el Resuelvo 6, en el cuadro de la segunda selección en la columna "Responsables" en la fila 3 el texto "Serviu / Minvu" por "Seremi / Minvu" y en la fila 7 el texto "Seremi" por "Minvu".
1.3 Incorpórase en el cuadro inserto en el Resuelvo Nº 7, en el recuadro "Santiago 5" correspondiente a los recursos de las provincias de la Región Metropolitana de Santiago, a las comunas de Lo Barnechea, Vitacura y Las Condes.
1.4 Reemplázase el Resuelvo 10, por el siguiente texto:
"Respecto de las exigencias de las actas de reuniones de difusión, información o de trabajo en general con las organizaciones comunitarias, señaladas en el Anexo Adjunto, no serán obligatorias en la forma establecida en la normativa de Asistencia Técnica, pudiendo ser reemplazadas por otras vías o mecanismos de participación no presencial, incluyendo entre estas, en el caso de la difusión, la preparación y entrega a los representantes legales del grupo de material escrito atingente al Capítulo, en el número y copias equivalentes al número de socios de la organización. Del mismo modo, cuando sea factible, podrá proporcionarse información de forma virtual a los representantes de la organización postulante. Tratándose de la aprobación del proyecto, deberán entregar un documento aprobatorio del mismo, mediante formato que será proporcionado al comité por el Serviu, cuyo número de firmas deberá respetar el quórum establecido en sus estatutos.".
2. Establécese que se considerarán como válidos los Criterios de Selección establecidos mediante resolución del Seremi hasta el 6 de marzo de 2020.
3. Establécese que la resolución exenta Nº 330 de (V. y U.), de 2020, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.