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Artículo 2° del Decreto 728

Aprueba "ordenanza municipal sobre uso de mascarillas y protección facial en el contexto del brote del covid-19, en el espacio público de la comuna de lonquimay"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144907 / 10118394.

Texto oficial

Artículo 2°. La obligación de usar mascarillas establecida en el artículo 1° de esta Ordenanza, se establece sin perjuicio de las demás medidas obligatorias decretadas por la autoridad sanitaria como prioritarias en la protección contra el Covid-19, tales como lavado frecuente de manos, el distanciamiento social u otras que la Autoridad Sanitaria y/o el Jefe de Defensa Nacional de la Región de la Araucanía, determinen.