Texto oficial
Segundo: Manténgase suspendido el devengo de intereses respecto de los créditos garantizados con especies que se encuentren vigentes a la fecha de la reanudación de actividades de la Unidad de Crédito de Temuco y la expiración del derecho de cobro de excedentes, resuelto a contar del día 30 de marzo de 2020, mediante resolución exenta N° 130 de 2020, hasta el día 3 de mayo de 2020.