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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 337

Modifica el d. f. l. numero 140, de 1960

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1145386 / 10134496.

Texto oficial

Artículo 1.o En el artículo 2.o del decreto con fuerza de ley N.o 140, del año 1960, introdúcense las siguientes modificaciones: a) En la Planta del Servicio Exterior, Presupuesto en dólares, agrégase, en la 2a. Categoría y después de la expresión "Ministros Consejeros o Cónsules", la palabra "Generales"; b) En la planta suplementaria del Servicio Exterior, Presupuesto en dólares, cámbianse las expresiones "6a. Cat." por la de "5a. Cat.", para los Secretarios o Cónsules particulares de 2a. Clase, y "7a. Cat." por la de "6a. Cat.", para los Secretarios o Cónsules particulares de 3a. Clase; y c) En la planta permanente del Servicio Exterior, Presupuesto en moneda corriente, auméntanse los cargos de 2.o Grado Administrativo, Secretarios o Cónsules Particulares de 3a. Clase, de doce a trece, imputándose el mayor gasto de E° 1.776 al ítem 06/01/13; y, en la planta suplementaria, M. Cte., cambiase la expresión "Oficiales 4.os" por la de "Oficiales 3.os".