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Artículo de Resolución 173 EXENTA

Reanuda las operaciones de crédito en la unidad de crédito de arica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1145587 / 10122392.

Texto oficial

1. Reanúdese las operaciones de crédito pignoraticio en la Unidad de Crédito Arica, a partir del día 18 de mayo de 2020. 2. Manténgase suspendido el devengo de intereses, respecto de los créditos garantizados con especies que se encuentren vigentes a la fecha de la reanudación de actividades de la Unidad de Crédito Arica y la expiración del derecho de cobro de excedentes, hasta el día 17 de mayo de 2020. 3. Aplíquese en forma retroactiva lo resuelto anteriormente conforme a la norma del artículo 52 de la ley N° 19.880 sobre Procedimiento Administrativo. 4. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en la letra b) del artículo 48 de la ley N° 19.880.